Obligation BBVA Banco 3.875% ( ES0413211790 ) en EUR

Société émettrice BBVA Banco
Prix sur le marché 100 %  ▼ 
Pays  Espagne
Code ISIN  ES0413211790 ( en EUR )
Coupon 3.875% par an ( paiement annuel )
Echéance 29/01/2023 - Obligation échue



Prospectus brochure de l'obligation BBVA ES0413211790 en EUR 3.875%, échue


Montant Minimal 100 000 EUR
Montant de l'émission 1 000 000 000 EUR
Description détaillée BBVA est une banque multinationale espagnole offrant une large gamme de services financiers, notamment la banque de détail, la gestion d'actifs et l'investissement bancaire, opérant principalement en Espagne, en Amérique latine et aux États-Unis.

Le 29 janvier 2023, l?obligation BBVA (ES0413211790), émise en Espagne pour un montant total de 1 000 000 000 EUR, avec un coupon de 3,875% et une taille minimale d?achat de 100 000 EUR, est arrivée à échéance et a été remboursée à 100%.







INFORMACION COMPLEMENTARIA DE LA EMISION DE
CEDULAS HIPOTECARIAS ­FEBRERO 05, SERIE A- AMPARADA EN EL
PROGRAMA DE EMISION DE VALORES DE RENTA FIJA
DE BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.
DE 25 DE MAYO DE 2004
D. José Luis Domínguez de Posada de Miguel, Director de Financiación Mayorista de
BBVA en virtud de las facultades conferidas en el acuerdo del Consejo de
Administración de fecha 30 de marzo de 2004, y a los efectos establecidos en el Folleto
del Programa de Emisión de Valores de Renta Fija Simple de "Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria, S.A." por importe de 15.000 millones de Euros, de 25 de mayo de 2004, por
la presente comunica las Condiciones Básicas de la emisión de cédulas hipotecarias
Febrero 05, Serie A, amparada bajo el mencionado Programa:
Naturaleza y
Denominación de los valores:
Cédulas Hipotecarias ­Febrero 05, Serie A-.
Importe nominal y
efectivo de la emisión:
Nominal de 2.000.000.000 euros.
El efectivo será el resultado de multiplicar el precio
porcentual de emisión por el importe nominal
indicado. Dicho importe se determinará en la Fecha
de Lanzamiento de la emisión.
Fecha de Lanzamiento:
Cualquier día hábil anterior al inicio del Periodo de
Suscripción. En este día se determinarán las
características concretas de la emisión.
Número de valores:
20.000.
Nominal por valor:
100.000 euros
Forma de representación
de los valores:
Anotaciones en cuenta.
Precio de emisión
por valor:
Cercano a la par, se determinará en la Fecha de
Lanzamiento de la Emisión, por acuerdo entre las
Entidades Aseguradoras y la Entidad Emisora.
Comisiones y gastos
para el suscriptor:
Libre de comisiones y gastos para el suscriptor.
Fecha de vencimiento:
El día en que se cumpla el vigésimo aniversario de
la Fecha de Desembolso de la Emisión.
Fecha de amortización anticipada
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por el Emisor:
La amortización será total en la fecha de
vencimiento y no se contempla amortización
anticipada ni por parte del emisor ni del tenedor de
los títulos.
Tipo de interés:
El tipo de interés nominal anual de la emisión será
fijo entre el 3,50% y el 4,50% y se determinará en
la Fecha de Lanzamiento de la Emisión por
acuerdo entre la Entidad Emisora y las Entidades
Aseguradoras de la misma, procediéndose en ese
momento a su comunicación a la CNMV.
Base de cálculo para el
devengo de intereses:
Act/Act.
Fechas de pago de los
cupones:
Anual, durante toda la vida de la Emisión a contar
desde la Fecha de Desembolso de la misma.
Si algún día de vencimiento coincidiera con un día
que no fuera día hábil, el abono se efectuará el día
hábil inmediatamente siguiente, sin que ello
devengue ningún tipo de interés por dicho motivo.
Se entenderá por "día hábil" el que se fije en cada
momento por el Banco Central Europeo para el
funcionamiento del sistema TARGET (Trans-
European Automated Real-Time Gross-Settlement
Express Transfer System).
Calendario de amortización:
La amortización será total en la fecha de
vencimiento el día en que se cumpla el vigésimo
aniversario de la Fecha de Desembolso.
Precio de reembolso por valor:
100% del nominal del valor, libre de gastos para el
suscriptor.
Agente de pagos:
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A..
Cuadro del servicio financiero

Se confeccionará en la Fecha de Lanzamiento de la
Emisión.
TIR del emisor:
Se determinará en la Fecha de Lanzamiento de la
Emisión.
TIR del tomador:
Se determinará en la Fecha de Lanzamiento de la
Emisión.
Información fiscal:
Véase el punto II.1.7. "Información fiscal" del
Folleto Informativo Reducido de Programa de
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Emisión de Renta Fija Simple que ampara la
presente Información Complementaria.
Evaluación del riesgo:
Se ha solicitado a la agencia de rating Moody's
calificación de la presente emisión, habiendo
otorgado ésta una calificación provisional de Aaa.
No obstante, si en la Fecha de Desembolso, las
cédulas objeto de la presente emisión no hubieran
obtenido la calificación definitiva de Aaa o
equivalente por la citada agencia, el Contrato de
Aseguramiento y Colocación podrá resolverse, en
cuyo caso se cancelará la emisión. En cualquier
caso, el inversor podrá revocar su petición de
compra en caso de no producirse la confirmación
del citado rating. Una vez obtenido dicho rating se
comunicará a la CNMV.
Colectivo de potenciales
inversores:
La emisión irá dirigida exclusivamente a inversores
institucionales (nacionales y extranjeros).
Procedimiento de adjudicación y
colocación:
Será colocada por las Entidades Colocadoras, entre
las peticiones de sus clientes, de forma
discrecional, velando, en todo caso, por que no se
produzcan tratamientos discriminatorios entre las
peticiones que tengan características similares.
Periodo de suscripción:
El periodo de suscripción se extenderá desde las
8:30 horas del día de la publicación de la emisión
en el B.O.R.M.E. y se cerrará el día y la hora
especificados en dicho anuncio, que será una fecha
posterior en no más de 6 días hábiles de la fecha de
inicio del Periodo de Suscripción, sin perjuicio del
derecho del Emisor a cerrarlo anticipadamente.
Fecha de desembolso:
La Fecha de Desembolso será el segundo día hábil
posterior a la finalización del Periodo de
Suscripción.
Entidades Aseguradoras:
BARCLAYS BANK PLC, BAYERISCHE HYPO-
UND VEREINSBANK AG, y IXIS CIB.
Entidades
Colocadoras:
BARCLAYS BANK PLC, BAYERISCHE HYPO-
UND VEREINSBANK AG, IXIS CIB y BANCO
BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.
No obstante aquellas entidades no reconocidas en
España no podrán colocar estos valores en el
mercado nacional.
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Comisión de Aseguramiento y
Colocación.
0,25% sobre el importe nominal de la emisión que
finalmente resulte asegurado, pagadera de una sola
vez en la Fecha de Desembolso.
Carácter del Aseguramiento:
Mancomunado.
Contrato de Aseguramiento:
La /s ENTIDAD/ ES ASEGURADORA/ S y la
SOCIEDAD EMISORA han firmado un
CONTRATO DE ASEGURAMIENTO.
Este contrato podrá resolverse, por ambas
partes, en cuyo caso se cancelará la
emisión, si con anterioridad a la
finalización del Periodo de Suscripción se
produjeran graves disturbios de índole militar,
política, económica o financiera que afecten de
manera adversa y sensible al éxito de la Emisión,
lo cual se comunicará a la CNMV. Asimismo, las
Entidades Aseguradoras podrán resolver el
contrato si en el plazo de un mes a contar desde su
firma, la Emisora no hubiera obtenido por parte de
CNMV, la perceptiva verificación de esta
Información Complementaria.
A este Contrato podrán adherirse nuevas Entidades
Aseguradoras y
Colocadoras debidamente
capacitadas, con anterioridad al Periodo de
Suscripción, las cuales se adherirán sin reserva
alguna y plenamente al Contrato. Tal supuesto se
comunicará a la CNMV.
Distribución del
Aseguramiento:
El compromiso inicial de aseguramiento y
colocación será:
Entidades Aseguradoras
Importe nominal Porcentaje
BARCLAYS BANK PLC
666.666.666,67
33,33%
BAYERISCHE HYPO-UND VEREINSBANK AG
666.666.666,67
33,33%
IXIS CIB
666.666.666,67
33,33%
TOTAL
2.000.000.000
100%
Teniendo en cuenta que BBVA, S.A. actúa como
colocadora de la Emisión, se reducirá el
compromiso de aseguramiento asumido por las
Entidades Aseguradoras en el importe total que
finalmente sea colocado por BBVA, S.A. de
manera proporcional al compromiso asumido
inicialmente.
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Además, teniendo en cuenta la posibilidad de
adhesión de nuevas entidades aseguradoras al
Contrato de Aseguramiento y Colocación, los
importes que asegurarían las nuevas Entidades
Aseguradoras reducirán a partes iguales el importe
asegurado por las Entidades Aseguradoras
iniciales.
Negociación en
Mercados Secundarios:
La sociedad emisora solicitará, dentro de los plazos
establecidos en el Folleto Informativo Reducido de
Programa de Emisión de Renta Fija Simple que
ampara la presente Información Complementaria,
la admisión a cotización en AIAF.
Entidades de Liquidez:
BARCLAYS BANK PLC, BAYERISCHE HYPO-
UND VEREINSBANK AG, IXIS CIB y BANCO
BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A..
Contrato de liquidez.
Las Entidades de Liquidez darán liquidez a la
Emisión mediante a) la cotización de precios de
compra y venta, durante el horario habitual de
mercado para un importe de hasta EUR 15
millones diarios. El diferencial entre precios de
compra y venta tendrá en cuenta el vencimiento
residual de la Emisión (0,18% > de 15 años, 0,1%
de 8 años a 15 años, 0,08% de 6 a 8 años, 0,06% de
4 a 6 años y 0,05% < 4 años), siempre y cuando no
existan circunstancias excepcionales de mercado
que imposibiliten el mantenimiento de dichos
diferenciales; b) la cotización de precios de compra
y venta de repos sobre las Cédulas Hipotecarias,
que serán válidos para importes nominales de hasta
15 millones de euros diarios, referidos al total de
los precios de compra y venta cotizados
diariamente por cada Entidad de Liquidez. Cada
Entidad de Liquidez cotizará precios en plazos de 1
semana, 2 semanas, 3 semanas y 1 mes, para valor
de inicio tanto contado como para valor contado
más dos días. El diferencial entre precios de
compra y de venta, será como máximo, de 25
puntos básicos. Los precios se cotizarán a través de
los sistemas de información habituales. La
cotización de los precios ofrecidos por las
Entidades de Liquidez reflejarán en cada momento
la situación de liquidez existente en el mercado. La
cotización de los precios de venta estará sujeta a la
disponibilidad de valores en el mercado. Las
Entidades de Liquidez no garantizan que puedan
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localizar valores con los que corresponder a la
demanda, ya sea en su propia cartera o en la de
otras entidades. Sin embargo, cada Entidad de
Liquidez se compromete a realizar sus mejores
esfuerzos para actuar con la diligencia habitual en
los mercados a dichos efectos.
En el caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria,
S.A., el compromiso antes descrito estará sujeto a
los límites permitidos por las leyes y regulaciones
españolas.
El Compromiso de Liquidez tendrá una vigencia
máxima igual a la vida de la emisión.
El Emisor podrá dar por resuelto el compromiso de
liquidez con cualquier Entidad de Liquidez antes
de su vencimiento, en caso de que ésta haya
incumplido los compromisos asumidos en virtud
del Compromiso de Liquidez o cuando así lo
estime conveniente, siempre y cuando lo notifique
a dicha Entidad de Liquidez con un preaviso
mínimo de 30 días. No obstante, el Emisor no
podrá hacer uso de esta facultad si no cuenta
previamente con una entidad de crédito sustituta y
esta se hubiese subrogado en las obligaciones de la
entidad saliente en los mismos términos que en el
contrato. La designación de la nueva entidad será
comunicada a la CNMV.
En el supuesto de resolución por iniciativa de una
Entidad de Liquidez por incumplimiento de
obligaciones del Emisor, la resolución tendrá
efectos exclusivamente respecto a la Entidad que la
inste y no sobre las restantes. Ello no obstante,
dicha Entidad de Liquidez no quedará relevada de
las obligaciones asumidas en el Compromiso de
Liquidez en tanto el Emisor no haya encontrado
otra entidad de crédito que la sustituya y esta se
subroge en las obligaciones de la entidad saliente
en los mismos términos que en el contrato. El
Emisor se obliga a llevar a cabo sus mejores
esfuerzos para, dentro del plazo de 30 días,
localizar una entidad de crédito que se halle
dispuesta a asumir las funciones que para la
Entidad de Liquidez que se retira se recogen en el
Compromiso de Liquidez. Transcurrido dicho
plazo sin que el Emisor hubiera encontrado al
sustituto de dicha Entidad, ésta podrá presentar al
Emisor una entidad de crédito que la sustituya en
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los mismos términos del compromiso de liquidez,
no pudiendo el Emisor rechazar a la misma sino
por falta de la capacidad necesaria para cumplir lo
aquí pactado y siendo la designación de la nueva
entidad comunicada a la CNMV.
En el supuesto de resolución por iniciativa de una
Entidad de Liquidez, la resolución tendrá efectos
exclusivamente respecto a la Entidad que la inste y
no sobre las restantes. Ello no obstante, dicha
Entidad de Liquidez no quedará relevada de las
obligaciones asumidas en el Compromiso de
Liquidez en tanto que ésta no haya encontrado otra
entidad de crédito que la sustituya y esta se
subroge en las obligaciones de la entidad saliente
en los mismos términos que en el contrato. En todo
caso, la nueva Entidad de Liquidez deberá ser
aprobada por unanimidad por el Emisor y las
Entidades de Liquidez, no constituyendo motivo de
rechazo válido a la Entidad de Liquidez propuesta
otro que la falta de capacidad necesaria para
cumplir lo aquí pactado y siendo la designación de
la nueva entidad comunicada a la CNMV.
La resolución del Compromiso de Liquidez y la
sustitución de la Entidad de Liquidez será
notificada por el Emisor a los titulares de Cédulas
Hipotecarias mediante la publicación del
correspondiente anuncio en un periódico de
difusión nacional y en el Boletín de Cotización de
A.I.A.F. Asimismo, la resolución del Contrato será
comunicada a la CNMV y a Iberclear.
No existen compromisos adicionales al
Compromiso de Liquidez descrito anteriormente
Entidad encargada del
registro contable de las anotaciones
en cuenta:
Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro,
Compensación y Liquidación de Valores, S.A.
(IBERCLEAR).
Sistema de Compensación y
Liquidación:
Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro,
Compensación y Liquidación de Valores, S.A.
(IBERCLEAR). Asimismo, se podrá solicitar su
inclusión en
Euroclear y/o
Clearstream
Luxemburgo
Gastos de emisión:
5,24 millones de euros (incluye gastos de
admisión en AIAF, CNMV, comisión de
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aseguramiento y colocación, gastos notariales,
registro escritura de emisión y prorrata gastos
elaboración Folleto Reducido de Programa de
Emisión de Renta Fija Simple).
Fungibilidad :
Existe la posibilidad de emitir posteriormente una
o varias emisiones fungibles con la presente
emisión, lo que significa que las posteriores
emisión/es tendrían los mismos derechos y
obligaciones de la presente emisión (mismo valor
nominal unitario, mismo pago de cupones, fechas
de vencimiento, etc). En caso de hacerse efectiva
esta posibilidad los tenedores de la actual emisión
no tendrían prioridad en el orden de prelación
como acreedores frente a los tenedores de la
emisión fungida, respecto a los cuales tendrían el
mismo derecho, en caso de disolución voluntaria o
concurso del emisor.
Información adicional:
En la Fecha de Lanzamiento de la Emisión, el
Emisor aportará a la CNMV la siguiente
Información Adicional:
· Precio de emisión por valor;
· Importe efectivo de la Emisión
· Tipo nominal anual,
· Periodo de suscripción,
· Fecha de Desembolso;
· Fechas de pago de cupones
· TIR para el tomador de los valores;
· TIR para el Emisor;
· Fecha de Amortización;
· Cuadro del Servicio Financiero de la Emisión.
Calendario:
A los efectos de clarificar el calendario de la
operación y que se describe con detalle en distintos
apartados de esta Información Complementaria, se
incluye a continuación una estimación de fechas y
descripción esquemática de este proceso:
FECHA
DESCRIPCION
15/02/05
Registro CNMV Información
Complementaria
Día de Lanzamiento (no más tarde del Día en que se determinan las
sexto día hábil siguiente a la Fecha de características concretas de la emisión por
Registro en CNMV de esta Información acuerdo entre el emisor y las entidades
Complementaria)
aseguradoras. Remisión a CNMV de
Información Adicional
Día de publicación del anuncio en el No más tarde de cuatro días hábiles
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BORME
después del día de Lanzamiento, en
función de los plazos de admisión de
anuncios de publicación en BORME
Inicio Periodo de Suscripción
Desde las 8:30 horas del día de publicación
del anuncio en BORME
Fin Periodo de Suscripción
No más tarde de 6 días hábiles después del
inicio del Periodo de Suscripción
Fecha de Desembolso
Dos días hábiles siguientes al de
finalización del periodo de suscripción.
Madrid, 14 de febrero de 2005
José Luis Domínguez de Posada de Miguel
Director de Gestión Financiación Mayorista.
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